Diputados aprueban nuevas reglas para tarjetas bancarias: fin a envíos no solicitados y cargos indebidos

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La Cámara de Diputados aprobó este 13 de noviembre de 2025 un paquete de cambios que busca reforzar la protección de los usuarios de servicios financieros, particularmente en el uso y contratación de tarjetas de crédito y débito. Las reformas, impulsadas por el diputado Ricardo Monreal, responden al creciente número de casos en los que instituciones financieras envían plásticos no solicitados y generan cargos indebidos, situación que afecta a millones de personas.

Monreal destacó que alrededor de 40 millones de mexicanos cuentan actualmente con una tarjeta bancaria, y subrayó que en muchos casos los usuarios reciben tarjetas sin haberlas pedido. Posteriormente, son sujetos a anualidades, comisiones o incluso intereses moratorios por no pagar dichas anualidades, lo que puede derivar en un registro negativo ante el buró de crédito.

Entre los cambios aprobados se encuentra la adición de una fracción cuarta al artículo 4 Bis, que prohíbe a las entidades financieras y comerciales cobrar comisiones por servicios, seguros o beneficios no autorizados en un contrato de adhesión o sin consentimiento expreso del usuario.

Asimismo, se reformó la fracción primera del artículo 18 Bis, estableciendo que todo contrato debe acreditar que su contenido fue conocido por el cliente; sin este consentimiento verificable, no podrán generarse cargos o comisiones. También se agregó el artículo 18 Bis 9, que obliga a los emisores de tarjetas a proporcionar información clara, veraz y suficiente sobre costos y comisiones, bajo principios de transparencia y buena fe.

El artículo 18 Bis 10 introduce la obligación de garantizar mecanismos sencillos para cancelar tarjetas: presencial, telefónico y digital, incluyendo botones visibles y de acceso permanente en aplicaciones móviles, banca en línea y sitios web oficiales. Además, con el artículo 18 Bis 11 se fija un plazo máximo de cinco días para concretar la cancelación, sin costo ni penalización para el usuario, y con constancia física o digital.

Otro cambio relevante es la incorporación del artículo 18 Bis 12, que declara nula la emisión de tarjetas sin consentimiento expreso. En estos casos, el usuario no deberá realizar ninguna cancelación y la institución emisora podrá ser sancionada. De igual forma, queda prohibido generar cargos por anualidad, comisiones u otros conceptos relacionados con tarjetas emitidas sin autorización, y el historial crediticio del usuario no podrá ser afectado.

Las instituciones financieras deberán reembolsar en un plazo de cinco días cualquier cargo indebido derivado de tarjetas no solicitadas. La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) y la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) serán responsables de vigilar el cumplimiento de estas disposiciones.