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Comité de Evaluación del Poder Legislativo rechaza suspensión en proceso electoral del Poder Judicial

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En un giro inesperado dentro de la organización de las elecciones del Poder Judicial, el Comité de Evaluación de dicha instancia decidió suspender el proceso de selección de candidatos en cumplimiento de una suspensión emitida por el juez Primero de Distrito en Michoacán, Sergio Santamaría Chamú. Sin embargo, esta decisión fue fuertemente criticada por el Comité de Evaluación del Poder Legislativo, integrado por representantes de la Cámara de Diputados y el Senado, quienes calificaron la acción como violatoria de la Constitución.

En un comunicado oficial, el Comité Legislativo señaló que la medida judicial es “improcedente e inatendible”, argumentando que contraviene los derechos político-electorales de los aspirantes y vulnera los principios fundamentales que rigen los procesos democráticos en México.

“El artículo 41 de la Constitución establece que los procedimientos electorales no son susceptibles de suspenderse, dado su carácter de orden público e interés social. Esto también está contemplado en el artículo 496 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales”, subraya el documento difundido en la página del Senado.

Impacto en los principios democráticos

El Comité Legislativo advirtió que la suspensión afecta principios clave como la certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, objetividad y máxima publicidad que garantizan la integridad de los procesos electorales. Además, señalaron que la intervención judicial en este caso representa “una incompetencia de origen”, ya que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha establecido que las cuestiones electorales son competencia exclusiva de otras autoridades, como el Instituto Nacional Electoral (INE) y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

El comunicado también hizo referencia a un precedente reciente: una resolución de la Sala Superior del TEPJF emitida el 18 de noviembre de 2024 dentro del expediente SUP-AG-632/2024. En ella, se determinó que es “constitucionalmente inviable suspender los actos relacionados con el desarrollo de los procedimientos electorales”, reafirmando la exclusividad del TEPJF para resolver cualquier controversia en este ámbito.

Continuidad en los procesos del Legislativo y Ejecutivo

A pesar de la suspensión decretada por el Poder Judicial, el Poder Legislativo y el Ejecutivo anunciaron que continuarán con sus respectivas actividades relacionadas con el proceso electoral. En este sentido, Gerardo Fernández Noroña adelantó que el Congreso de la Unión podría incluir en sus listas de candidatos a aquellos aceptados por el Comité de Evaluación del Poder Judicial, garantizando la participación de aspirantes que cumplan con los requisitos legales.

La controversia marca un capítulo de tensiones entre poderes, con implicaciones significativas para el desarrollo de los procesos democráticos en el país. La postura del Comité Legislativo y las resoluciones del TEPJF serán clave para definir los próximos pasos en el proceso electoral del Poder Judicial.

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