El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) ordenó revisar el impacto financiero de la Modalidad 40, un esquema que permite a las personas trabajadoras continuar realizando aportaciones voluntarias para su retiro, y anunció ajustes a las disposiciones relacionadas con su incorporación y el cálculo de las pensiones.
De acuerdo con el acuerdo publicado el 21 de octubre en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la Unidad de Riesgos Financieros del instituto tendrá un plazo de seis meses para presentar un análisis sobre la situación financiera de la Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio.
Una vez concluido este estudio, la Dirección Jurídica del IMSS deberá coordinar la elaboración de una propuesta de modificación normativa, también en un plazo máximo de seis meses a partir de la recepción de los resultados, con el objetivo de atender las áreas de oportunidad detectadas y garantizar la viabilidad del esquema a mediano y largo plazo.
El documento establece que la propuesta deberá contribuir a que la Modalidad 40 continúe siendo una alternativa sostenible para quienes buscan mantener sus derechos pensionarios después de dejar de cotizar en un empleo formal.
¿Qué cambios se contemplan para la Modalidad 40?
Entre los aspectos señalados en el acuerdo se encuentra el cálculo de las aportaciones para la continuación voluntaria, que se vincularía con el último salario base de cotización registrado por el trabajador, con la posibilidad de considerar un monto equivalente a dicho salario más una Unidad de Medida y Actualización (UMA), conforme a las condiciones establecidas.
Hasta ahora, uno de los principales atractivos de la Modalidad 40 ha sido la posibilidad de elegir un salario base de cotización superior al que se tenía anteriormente, dentro de los límites legales, para incrementar las aportaciones y, en determinados casos, mejorar el monto de la pensión.
Por ello, la revisión de las reglas podría tener implicaciones para las personas que planean incorporarse a este esquema. Sin embargo, los alcances definitivos dependerán de las modificaciones normativas que se propongan y de las disposiciones que finalmente entren en vigor.
¿Qué pasa con quienes ya están inscritos en la Modalidad 40?
El acuerdo establece que las personas que actualmente se encuentren inscritas en la Continuación Voluntaria permanecerán en el esquema bajo las condiciones vigentes hasta que concluya el periodo de aseguramiento contratado.
En el caso de quienes terminen su periodo y deseen conservar sus derechos, el documento señala que deberán presentar una solicitud tomando como referencia el último salario base de cotización registrado al momento de causar baja, o hasta el importe de este más una UMA, de acuerdo con las condiciones aplicables.
Asimismo, el acuerdo indica que las nuevas incorporaciones a la Continuación Voluntaria se realizarán a partir de la fecha de presentación de la solicitud, sin perjuicio de la alternativa de incorporarse voluntariamente al régimen obligatorio del Seguro Social como persona trabajadora independiente.
Por ello, quienes estén considerando ingresar a la Modalidad 40 deberán revisar las disposiciones vigentes y mantenerse atentos a los resultados del análisis financiero y a las futuras modificaciones.
¿Qué es la Modalidad 40 del IMSS?
La Modalidad 40, cuyo nombre oficial es Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio, es una alternativa prevista en la Ley del Seguro Social para las personas que dejaron de cotizar en un empleo formal y desean continuar realizando aportaciones para su retiro.
Este mecanismo permite seguir acumulando semanas de cotización y, según el régimen pensionario aplicable y las condiciones de cada asegurado, puede contribuir a mejorar el monto de la pensión.
Uno de sus principales beneficios ha sido la posibilidad de elegir el salario base de cotización con el que se realizan las aportaciones, lo que resulta especialmente relevante para quienes buscan fortalecer su pensión bajo el régimen de la Ley del Seguro Social de 1973.
¿Cuáles son los requisitos para inscribirse?
Entre los requisitos generales para solicitar la incorporación a la Modalidad 40 se encuentran:
- Haber sido dado de baja del régimen obligatorio del IMSS.
- Contar con al menos 52 semanas cotizadas en el régimen obligatorio durante los cinco años anteriores a la fecha de baja.
- Presentar la solicitud dentro del plazo legal correspondiente, que generalmente es de hasta cinco años después de la baja, conforme a las disposiciones aplicables.
Antes de iniciar el trámite, es recomendable verificar la vigencia de los derechos, las semanas cotizadas y el régimen pensionario correspondiente.
¿Cómo podrían afectar los cambios a los futuros pensionados?
La revisión anunciada por el IMSS busca evaluar la sostenibilidad financiera de la Modalidad 40 y establecer ajustes que permitan mantener su funcionamiento a largo plazo.
Para quienes ya están inscritos, el acuerdo contempla la continuidad de las condiciones contratadas hasta la conclusión del periodo correspondiente. En cambio, las personas que todavía planean incorporarse deberán prestar atención a las nuevas disposiciones que se publiquen.
Por ahora, será necesario esperar los resultados del análisis financiero y la propuesta de modificación normativa para conocer con precisión el alcance de los cambios y sus posibles efectos en las futuras pensiones.
