La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió a favor del actor mexicano Diego Luna en el litigio que sostuvo durante más de una década contra la marca de whisky Johnnie Walker, propiedad de Diageo México, por el uso no autorizado de su imagen y la de su familia en un anuncio televisivo.
El fallo, aprobado por unanimidad por el pleno de la Corte, establece que Luna deberá recibir al menos el 40 % del importe del precio de venta al público que las empresas demandadas hayan obtenido en México por la comercialización de la bebida durante el periodo en que el comercial fue transmitido, entre agosto y septiembre de 2011. La resolución se sustenta en el artículo 216 Bis de la Ley Federal del Derecho de Autor.
El caso llegó a la SCJN bajo el expediente de Amparo Directo en Revisión 6448/2025, luego de que un tribunal colegiado en materia civil emitiera una resolución previa en 2025.
La controversia se originó a partir de la campaña publicitaria “Caminando con Gigantes”, en la que se incluyeron imágenes de diversas figuras mexicanas destacadas. Entre ellas aparecían Diego Luna, su entonces esposa Camila Sodi y su hijo, quien en ese momento era menor de edad y fue mostrado en una carriola, elemento que intensificó el debate sobre derechos de imagen y consentimiento.
Este caso guarda paralelismo con el de Gael García Bernal, quien también demandó a la misma empresa por el uso de su imagen en la misma campaña. En 2021, la SCJN falló a su favor, otorgándole una indemnización bajo criterios similares. Posteriormente, Luna impugnó el porcentaje de compensación, lo que prolongó su propio proceso legal.
Durante el litigio, Diageo argumentó que la campaña no tenía fines comerciales directos, sino que buscaba rendir homenaje a personalidades mexicanas. Sin embargo, la Corte determinó que sí existía un aprovechamiento comercial indebido de la imagen de los involucrados.
La resolución ha generado reacciones en redes sociales, donde usuarios han señalado la prolongada duración del proceso judicial, cuestionando la eficiencia del sistema incluso en casos con figuras públicas de alto perfil y recursos para sostener litigios extensos.
Claves del caso:
- Uso de imagen sin consentimiento en publicidad comercial
- Inclusión de un menor de edad en el material
- Precedente legal reforzado sobre derechos de imagen en México
Conclusión
- La SCJN reafirma la protección del derecho a la imagen frente a usos comerciales no autorizados.
- El criterio del 40 % como base de indemnización se consolida como referencia relevante.
- El caso evidencia tiempos prolongados en la justicia mexicana, incluso en asuntos de alto perfil.
Limitación: No se ha hecho público el monto total que recibirá el actor, ya que dependerá de los ingresos específicos generados durante el periodo señalado.
